Granada Decide

Participación en la elaboración de ordenanzas y reglamentos

INFORMACIÓN PÚBLICA TRAS LA ELABORACIÓN DEL TEXTO DEL PROYECTO DE ORDENANZA GENERAL DE MOVILIDAD

A iniciativa de la Teniente de Alcalde Delegada de Movilidad, Protección Ciudadana, Agenda Urbana, Sostenibilidad y Fondos Next Generation, se pretende refundir el conjunto de Ordenanzas vinculadas a su ámbito competencial, pretendiendo con ello obtener diversos efectos que se entienden positivos para el interés general, y que pueden resumirse de la siguiente forma:

  • Acabar con la dispersión normativa en la materia, generadora de dificultadesen su aplicación y foco de contradicciones entre preceptos de unas y otras Ordenanzas que al haberse redactado en diferentes momentos de los últimos cuarenta años (algunas se remontan a los años ochenta y noventa) responden a diferentes legislaciones sectoriales en materia de tráfico, transportes y movilidad, además de a diferentes legislaciones de procedimiento administrativo, como base regulatoria de todas ellas.
  • Regularizar, aclarar y armonizar las Ordenazas que integrarán la Ordenanza General de Movilidad de este Ayuntamiento.
  • El gran reto de la implantación de las Zonas de bajas Emisiones (ZBE, en lo sucesivo) en la ciudad de Granada como punto de partida para hacer desaparecer a la capital de los indicadores que la sitúan en los últimos años entre las urbes con peor calidad del aire del país. Este elemento novedoso de la futura Ordenanza deviene, además, esencial en virtud de las exigencias que la Ley de Cambio Climático impone a los municipios de más de 50.000 habitantes para el establecimiento de dichas ZBE como elemento medular en la mitigación de las emisiones a la atmósfera derivadas de la movilidad; siendo, por lo demás, imperatuva su regulaciónen la normativa municipal según ordena el artículo 2.3 del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones.
  • Contar en esta ciudad con una regulación en materia de parkings públicos, más allá de la legislación estatal específica en la materia, contenida en la Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.

Guiados por la firme vocación de seguir apostando por la cultura de democracia participativa, la finalidad que persigue con el desarrollo de este proceso participativo es ofrecer la participación a la ciudadanía en general en la redacción de la citada Ordenanza, para que pueda aportar sus sugerencias y observaciones respecto al texto que conforma su proyecto, antes de iniciar el proceso de su aprobación por los órganos competentes.

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