Granada Decide

Participación en la elaboración de ordenanzas y reglamentos

CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DEL TEXTO DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE VIAJEROS Y VIAJERAS EN AUTOMÓVILES DE TURISMO AUTO-TAXI EN EL MUNICIPIO DE GRANADA

La Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo Auto-taxi en el Municipio de Granada se aprobó en el año 2015, publicada en el BOP núm. 203, de 22 de octubre de 2015. Con posterioridad ha sufrido tres modificaciones publicadas en los BOP n.º 25 de 8 de febrero de 2021, BOP nº 151 de 9 de agosto de 2021 y BOP n.º 100 de 27 de mayo de 2022 .

Se estima conveniente modificar esta Ordenanza, a solicitud de la Asociación Gremial Provincial del Taxi, con la finalidad de realizar adaptaciones, no realizadas en modificaciones anteriores, a la nueva regulación aprobada por el Decreto 84/2021, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero; asimismo, se estima conveniente modificar otros artículos, no afectados por esta norma, para mejorar la prestación del servicio.

Pero antes que nada, incluso de tener un texto del proyecto de modificación, se quiere consultar a la ciudadanía y agentes sociales a fin de afrontar esta modificación normativa con la aportación de sus sugerencias, propuestas y opiniones al respecto.

Antecedentes de la norma: Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo Auto-taxi en el Municipio de Granada.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

- Favorecer la contratación de personas asalariadas: La Ordenanza vigente limita el numero de salariados que pueden contratar los titulares de licencia a dos personas sin embargo el Decreto 84/2021, de 9 de febrero no establece limite alguno.

- Posibilitar la sustitución por un dispositivo luminoso la placa de ocupado/libre: Con ello los vehículos en situación de libre serían más perceptibles por los usuarios.

- Mejorar las condiciones de la contratación en parada: A fin de que la contratación se efectúe cuando el vehículo se encuentra totalmente desocupado de personas y equipaje.

- Regular con mayor detalle las condiciones del servicio concertado: Contemplar, a petición de la Gremial del taxi:

o La iniciación del servicio y funcionamiento del taxímetro desde la adjudicación, con un máximo equivalente a la cantidad determinada como “carrera mínima” en lugar de “bajada de bandera”.

o Establecer una penalización para aquellas personas usuarias que contraten un servicio y finalmente no hagan uso del mismo.

- Regular el precio cerrado y el de taxi compartido: Determinar el precio cerrado para los servicios previamente contratados a través de una aplicación de móvil, de manera que los usuarios puedan conocer de forma anticipada la tarifa máxima (precio máximo) que pagarán al final del trayecto. Igualmente incorporar la contratación del servicio por plaza (taxi compartido) en supuestos de gran demanda para abaratar el coste de los trayectos y contribuir a reducir el volumen del tráfico.

Necesidad y oportunidad de su aprobación: Resulta necesario y oportuno a fin actualizar la ordenanza y adaptarla al Decreto 84/2021, de 9 de febrero.

Objetivos de la norma: Regular algunas cuestiones no contempladas en la norma.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias: No se aprecian otras soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 

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En el marco del proceso participativo de consulta pública previa a la elaboración del texto del proyecto de modificación de la ordenanza reguladora del servicio de transporte público de viajeros y viajeras en automóviles de turismo auto-taxi en el municipio de Granada, se presenta informe de resultados del citado proceso. 

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